Juan Jose Ramos Charre, Consejero presidente del Instituto Electoral de Tamaulipas (IETAM) dio a conocer en entrevista que los partidos políticos que contendieron en los pasados comicios del 2 de junio interpusieron 17 impugnaciones en las elecciones de ayuntamientos y diputados locales.
«En total suman 17 órganos electorales que por lo menos tienen un medio de impugnación y, bueno, ya está ahora en la cancha de las instancias jurisdiccionales», dijo.
Las impugnaciones son en los Distritos 02 y 03 con cabecera en Nuevo Laredo, así como el 22 en Tampico, en lo que se refiere a la elección de diputaciones locales, además de los municipios de Altamira, Madero, Gómez Farías, Llera, Matamoros, Méndez, Miquihuana, Nuevo Laredo, Ocampo, Padilla, Palmillas, Reynosa, San Fernando y Tampico, en lo que se refiere a la elección de ayuntamientos.
Dijo que el paso a seguir es en el que se presenta un medio de impugnación a través de los consejos electorales, y un segundo camino es hacerlo directamente en el Tribunal Electoral de Tamaulipas (TRIELTAM).
«El plazo es muy importante para poder dimensionar el camino de aquí al 30 de septiembre que deben estar firmes todas las resoluciones, es importante señalar que el término de la Ley de Medios de Impugnación del Estado es el 20 de agosto, es la fecha para que se resuelvan por el Tribunal Electoral los recursos de inconformidad», preciso.
Posterior a ello, las sentencias que dicte el órgano jurisdiccional local podrán ser controvertidas ante las instancias del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), primero ante la Sala Regional y posteriormente ante la Sala Superior.
«Estarán seguramente resolviendo antes del 30 o a más tardar el 30 de septiembre a efecto de que sus determinaciones se ejecuten, y luego sean luego entonces las autoridades jurisdiccionalmente calificadas las que asuman funciones el 1 de octubre», dijo.
Ramos Charre señaló que usualmente los medios de impugnación se encuentran publicados por un lapso de 72 horas de publicidad en los estados de los consejos municipales o distritales, y una vez retirados se procederá a los informes circunstanciados por parte de los órganos electorales para remitirse al Tribunal Electoral en las 72 horas siguientes.
De esta manera, señaló que los partidos han controvertido los resultados electorales en diversas casillas de los Distritos o municipios en cuestión, argumentando diversas causales establecidas en la Ley Electoral, por lo que la autoridad jurisdiccional deberá dirimirlas.
«Desde la indebida integración de mesas directivas de casilla por funcionarios no facultados, hasta errores o inconsistencias en el llenado de las actas, alteraciones en los paquetes electorales»,concluyó.