Auditoría Fiscal Federal logra decomiso histórico de tabaco

En un operativo simultáneo en cuatro ciudades del país la Administración Central de la Auditoría de Comercio Exterior logró el decomiso más grande en la historia de tabaco y maquinaria para cigarrillos.

El resultado del decomiso fue producto del trabajo de inteligencia en materia de comercio exterior y fiscal federal.

Representa el aseguramiento en cigarros y tabaco más grande a lo largo de la historia del SAT, generando percepción de riesgo entre los contribuyentes para mitigar este tipo de operaciones ilícitas y evitar la defraudación fiscal del comercio informal”, explicaron las autoridades.

Inteligencia y coordinación

El 3 de septiembre de 2020, la Administración Central de Coordinación Estratégica de la Auditoría de Comercio Exterior (ACCEACE) impulsó una verificación simultánea en los estados de Jalisco, Nuevo León, Sonora y Baja California.

Amparados en la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios y con el apoyo de la Guardia Nacional, el operativo permitió realizar los cateos en seis domicilios, derivado de las investigaciones realizadas por el Servicio de Administración Tributaria.

Así, la Auditoría Fiscal Federal logró el aseguramiento coordinado en las ciudades de El Salto, Jalisco; Monterrey, Nuevo León; Hermosillo, Sonora; así como Tijuana y Mexicali, en Baja California.

Acción simultánea

En las acciones coordinadas, los elementos del Servicio de Administración Tributaria acudieron a los domicilios con la información de sellos correspondiente a la información del Artículo 19 Fracción IV.

Los productores e importadores de cigarros, deberán registrar ante las autoridades fiscales, dentro del primer mes de cada año, la lista de precios de venta por cada uno de los productos que enajenan, clasificados por marca y presentación, señalando los precios al mayorista, detallista y el precio sugerido de venta al público.

Asimismo, se deberá informar a las autoridades fiscales cuando exista alguna modificación en los precios, debiendo presentar a las citadas autoridades, dentro de los 5 días siguientes a que esto ocurra, la lista de precios de venta que estará vigente a partir del momento de la modificación”, señala la ley.